Novedades en la Ley de Autónomos 2019

Novedades en la Ley de Autónomos 2019

El año comienza con numerosas novedades para los autónomos, aprobadas por el gobierno en el Real Decreto-Ley 28/2018 de diciembre. Consulta a las mejores gestorías de Moralzarzal.

Aquí te resumimos algunas de las Novedades en la Ley de autónomos para 2019, pero nuestro mejor consejo es que te asesores con un profesional y por eso te proponemos las mejores gestorías de Moralzarzal.

En lo que respecta a la base mínima de cotización, la elegida por la mayoría de los autónomos ha tenido una subida de 1,25%, pasando de 932,7 € a 944,4 €. No obstante, la nueva ley trae más e interesantes novedades para las personas que ya están dadas de alta como autónomos, y para aquellos que están pensando en darse de alta próximamente. Seguidamente te contamos las principales novedades que trae la nueva Ley.

  • Ampliación de la tarifa plana. Seguramente una de las novedades más esperadas. La tarifa plana de 50 euros de cuota se amplía en un año. Posteriormente, los siguientes 6 meses podrá acogerse a una reducción del 50% de la cuota, y los siguientes 6 meses del 30%. Además, los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años tendrán una bonificación extra un año más.
  • Deducción de gastos derivados del trabajo. Los trabajadores que trabajen por cuenta propia que realicen su actividad en su domicilio podrán deducirse hasta el 30% de los suministros del hogar, tales como luz, agua, internet, etc.
  • Darse de alta y de baja. Los autónomos podrán darse de alta y de baja hasta tres veces dentro del año natural, según lo que más les interese.
  • Se cotizará desde el primer día del alta. El trabajador por cuenta propia cotizará desde el día que se da de alta, y no por el mes completo como venía siendo hasta ahora. Por lo tanto, pagará solo por los días cotizados, es decir que, si un autónomo se da de alta a mediados de mes, solo cotizará, y pagará, por lo que resta de dicho mes.
  • Deducción de gastos de comida. Se estipula un máximo de 26,67 € en concepto de gasto por comida. Para ello, los pagos deben realizarse con tarjeta y solicitar factura. En caso de ser en el extranjero la cantidad a deducir podrá ser como máximo de 48,08 €.
  • Personas vulnerables. Las cuotas de personas discapacitadas, víctimas de violencia de género o terrorista, etc. tendrán una reducción del 80% de la cuota durante un año, y del 50% los siguientes 48 meses.
  • Familiares. Los autónomos podrán contratar a familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, con una bonificación del 100% de la cuota de un año.
  • Madres autónomas. Las mujeres que sean madres se pueden beneficiar de una bonificación en la cuota de contingencias comunes tras la baja. La bonificación consiste en una tarifa plana de 50 euros durante un año.
  • Jubilación. Los autónomos podrán jubilarse y recibir el 100% de la pensión mientras siguen trabajando. La condición es tener, por lo menos, un asalariado a su cargo.

Estos son algunos puntos que la nueva ley de autónomos modifica respecto a la anterior, no obstante, hay más puntos que la nueva ley modifica o cambia respecto a la ley anterior.

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25 marzo, 2019 / de / en

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